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lunes, 15 de octubre de 2012

Un banco sin banca

Sede histórica del Banco de Entre Ríos, en Monte Caseros y
25 de Mayo, Paraná.

El capítulo VII del Informe estuvo dedicado a analizar los números del Banco de Entre Ríos y, a su vez, a formular la estrategia de acción. El primer número impactaba: el déficit económico proyectado para el mes de agosto de 1992 era de 1,3 millones de pesos, es decir, el 5% del patrimonio neto de la entidad.
El estudio ponía el acento en la mala política crediticia de la institución financiera provincial a la hora de encontrar las causas de la debacle. “La cartera irregular, es el principal causante del problema económico y representa el 50% del total de la cartera de crédito actualizada. Basta decir que el lucro cesante del 20% de esos 156,0 M de incobrables, a la tasa de interés estimada, casi llega a la cifra de la pérdida mensual”. (…)
A la hora de entrar en las conclusiones, se estableció que “si bien parece haber, por lo expuesto, un mejoramiento de la situación”, las “soluciones” tenían que pasar por una serie de medidas que se enumeraban de la siguiente manera:
1)       Disminución de la Cartera Crediticia Irregular, en un 20% por lo menos, en el corto plazo: ESTRATEGIA PRIORITARIA (con mayúsculas en el original).
2)       Acentuar el crecimiento de los Ingresos por Servicios, para tender a que estos puedan cubrir los Gastos de Administración.
3)       Venta de Inmuebles innecesarios.
4)       Disminución del costo operativo (de personal y de otros gastos).
5)       Mejora del rendimiento financiera, en base a la disminución del costo de los depósitos a plazo y de los préstamos interbancarios captados:
-       va a ayudar la colocación de Obligaciones Negociables, que se están gestionando.
-       Y el eficiente otorgamiento del crédito, recortando, al mismo tiempo, cartera que no tenga rendimiento marginal positivo.
6)       Un diagnóstico exhaustivo y la elaboración de un plan de acción consecuente, para lo cual podrían utilizarse recursos del Crédito Provincias I, que entre sus destinos de utilización, prevé la contratación de consultoras externas.

Salgamos por un momento del Informe y veamos el caso del BER. La única oferta económica por el Banco de Entre Ríos correspondió al consorcio de Bancos conformado por el Banco Institucional, el Banco Institucional, el Cooperativo del Este y el Banco Municipal de Paraná. El presupuesto oficial era de 13,5 millones de pesos, pero el ofrecimiento del consorcio de entidades locales superó esa cifra: el pool de bancos estaba dispuesto a pagar 15,1 millones de pesos por el 60 de las acciones del Entre Ríos, aunque sujeto a una serie de condicionantes.
El estado de las finanzas públicas era, por entonces, más que complicado. (…)
Para afrontar la coyuntura, el Estado provincial salió a pedir plata. En rigor, el Gobierno tomaba fondos del Banco de Entre Ríos, que era el que se vio obligado a requerir asistencia financiera a otras instituciones financieras de plaza. (…)
Entre enero y junio, el Banco de Entre Ríos tomó cuatro préstamos por un plazo no mayor a 40 días a fin de financiar gastos corrientes del Estado[i], como el pago de sueldos de activos y pasivos. La mayoría de estos empréstitos fueron otorgados por las entidades bancarias que querían hacerse con el control del banco estatal (…)
Las cifras son lapidarias: el Estado recibió sólo $ 9.060.000 de los 15 millones comprometidos por el 60% del banco y tuvo que afrontar pasivos ocultos por valor de $ 15.848.815 a 1998, garantizar créditos por $ 25.569.951,01 y pagar un canon, hasta ese mismo año, de $ 21.456.300 a lo que debe sumarse la danza loca de una carta de crédito emitida en 1992 por valor de otros 25 millones de dólares (que ameritaría en sí todo un capítulo, pero no es el objeto de este estudio) que generó alta conflictividad legal, incluso con litigios judiciales en dos estados norteamericanos.



[i] Por ley 8191, del 28 de marzo de 1989, la Legislatura autorizó al Banco de Entre Ríos a conceder préstamos al Gobierno por hasta un máximo del 20% del capital integrado del banco y otro de carácter rotativo por hasta el 15% de lo percibido por la Provincia en concepto de coparticipación federal. Debían ser devueltos dentro de los 180 días posteriores.

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